ESP | ENG | CAT

OFICIO  |  MISIÓN  |  VISIÓN  |  VALORES  |  EQUIPO  |  EXPERTOS  |  A SU SERVICIO  |  BLOG  |  CONTACTO

El BOE de 14 de enero de 2019 publicó la Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales. Anteriormente, el 30 de diciembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Esta ley entra en vigor el próximo 30 de marzo de 2020, a excepción del título V del libro segundo, sobre régimen económico-financiero del sistema portuario, que entró en vigor el 1 de enero de 2020, y  deroga, entre otras, la anterior Ley de Puertos de Cataluña (Ley 5/1998, de 17 de abril) y la Ley 10/2000, de 7 de julio, de ordenación del transporte en aguas marítimas y fluviales.

La Generalitat tiene competencia exclusiva sobre los puertos situados en territorio de Cataluña que no tengan la calificación legal de interés general, por tanto es de aplicación a todos los puertos y sus aguas marítimas y continentales, a excepción de los puertos de Barcelona y de Tarragona. La Ley tiene diversos objetivos, entre los que cabe destacar, la actualización de la política portuaria de la Generalitat para adecuarla a la realidad socio-económica actual, de manera que las infraestructuras portuarias se pongan al servicio de la promoción económica, industrial, turística y social del país ; medidas que impulsen la promoción de las actividades náuticas, de recreo y deportivas y garantizar la sostenibilidad ambiental de las infraestructuras portuarias y de las actividades que se desarrollan en las mismas.

A continuación destacamos los aspectos más relevantes y novedosos de la Ley:

Deja una respuesta

Denom Legal
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.